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Argentina | 19/01/2020

Desgravaciones de calzado en Acuerdo Mercosur-Unión Europea

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Las posiciones arancelarias que forman parte del Acuerdo entre Mercosur y la Unión Europea fueron difundidas por el gobierno nacional. Con la firma del acuerdo, el texto que actualmente es informativo, asumirá su carácter definitorio.

En las negociaciones, fueron exceptuadas algunas partidas como la del Calzado Impermeable; Calzado de Deporte con suela y capellada de plástico y caucho; y el Calzado con Capellada Textil. Las mismas mantendrán el 35% de impuestos.

El 20% de tasas que gravan al calzado de ski con suela y capellada de plástico o caucho, o capellada de cuero, se reducirán al 0% en el transcurso de 10 años. Por su parte, el zapato con capellada de cuero, y los de puntera metálica u ojotas con suela y capellada de plástico o caucho tendrán un periodo de 15 años hasta cancelar el impuesto del 35%, entre otros ejemplos, según difundió la Cámara de la Industria del Calzado (CIC).


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